Tal día como hoy se aprueba la Ley 14/2018, de memoria democrática de Aragón, publicada en el Boletín Oficial de Aragón el 13 de noviembre de 2018.
La ley fue aprobada por el Parlamento de Aragón, con los votos a favor de PSOE, Podemos y CHA, y la abstención de Ciudadanos. El PP votó en contra.
La ley entró en vigor el 14 de noviembre de 2018.
La ley tiene como objetivo promover la memoria democrática en Aragón, reconociendo el carácter radicalmente injusto de las violaciones de los derechos humanos acaecidas en la comunidad autónoma durante la Guerra Civil y la dictadura franquista.
La ley establece una serie de medidas para la investigación, la reparación y la dignificación de las víctimas de la represión franquista. Entre estas medidas se encuentran:
- La creación de un Archivo de Memoria Democrática de Aragón, que centralizará la documentación sobre la represión franquista en la comunidad autónoma.
- La creación de un Centro de Interpretación de la Memoria Democrática de Aragón, que se encargará de difundir los valores democráticos y la historia de la represión franquista.
- La exhumación de las fosas comunes y la identificación de las víctimas de la represión franquista.
- La reparación económica y simbólica de las víctimas de la represión franquista.
- La creación de un Consejo de Memoria Democrática de Aragón, que estará encargado de velar por el cumplimiento de la ley.
- La promoción de la investigación sobre la Guerra Civil y la dictadura franquista.
- La difusión de la memoria democrática a través de la educación y la cultura.
A continuación se enumeran algunos de los artículos más relevantes de la ley:
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. La ley tiene por objeto el reconocimiento y reparación de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista en Aragón, así como la promoción de la investigación y la difusión de la memoria democrática.
- Artículo 2. Principios generales. La ley se basa en los siguientes principios:
- La reparación integral de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista.
- La defensa de la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas.
- La promoción de la memoria democrática.
- El compromiso con la democracia, la libertad y los derechos humanos.
- Artículo 3. Definición de víctima. Se considera víctima de la Guerra Civil y la dictadura franquista a toda persona que sufrió daños o perjuicios como consecuencia de los acontecimientos acaecidos durante ese periodo.
- Artículo 4. Consejo de Memoria Democrática de Aragón. Se crea el Consejo de Memoria Democrática de Aragón, que estará encargado de velar por el cumplimiento de la ley. El consejo estará formado por representantes de las instituciones públicas, las entidades sociales y las víctimas.
- Artículo 5. Exhumación de fosas comunes. Las administraciones públicas de Aragón están obligadas a exhumar las fosas comunes y a trasladar los restos a lugares dignos.
- Artículo 6. Reparación económica a las víctimas. Las administraciones públicas de Aragón podrán conceder ayudas económicas a las víctimas de la represión franquista.
- Artículo 7. Promoción de la investigación. Las administraciones públicas de Aragón promoverán la investigación sobre la Guerra Civil y la dictadura franquista.
- Artículo 8. Difusión de la memoria democrática. Las administraciones públicas de Aragón promoverán la difusión de la memoria democrática a través de la educación y la cultura.
Mercedes Sánchez
